La SEPI constituye el consejo del fondo de 10.000 millones para empresas estratégicas

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Javier González NavarroJavier González Navarro

Madrid

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La SEPI (Sociedad Estatal de Participaciones Industriales) ha constituido hoy el consejo gestor del fondo de apoyo a la solvencia de las empresas estratégicas, organismo competente que resuelve las solicitudes de ayuda temporal que proceden de las compañías no financieras afectadas por la pandemia del Covid- 19 y elevado a la autorización del Consejo de Ministros la aprobación de las operaciones operaciones sujetas a la normativa.

De momento, la única empresa que ha mostrado interés por acogerse a estas ayudas es Duro Felguera, que pretendería que la SEPI prestara unos 55 millones de euros.

La reunión del consejo gestor se ha celebrado en la sede central de la SEPI en Madrid y el estado encabezado por el vicepresidente del holding público, Bartolomé Lora, y en ella han asistido a la secretaría del Estado de Economía y Apoyo a la Empresa, Ana de la cueva; la subsecretaria del Ministerio de Hacienda, Pilar Paneque; el secretario general de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa, Raúl Blanco; la secretaria de Estado de Energía, Sara Aagesen; y el secretario general y del consejo y director de asuntos jurídicos de SEPI, Javier Loriente.

El fondo de apoyo a la solvencia de las empresas nace adscrito a la Administración General del Estado, a través del Ministerio de Hacienda, y será gestionado por el consejo gestor que ha permanecido hoy constituido, a través de la SEPI. Está dotado con 10.000 millones de euros y puede ayudar a compensar el impacto de la emergencia sanitaria en el balance de empresas solventes consideradas estratégicas para el tejido productivo y económico. Este fondo se ajusta a la normativa de ayudas del Estado de la UE y se enmarca en la estrategia europea de medidas de respaldo económico público frente a Covid-19, según ha explicado la SEPI.

La financiación de operaciones con carga al fondo se configura como una intervención del último recurso una vez constante la imposibilidad del beneficiario de mantener su actividad en ausencia de apoyo público, fijándose en el acuerdo del Consejo de Ministros del pasado 21 de julio el conjunto de requisitos que requieren cumplir los beneficiarios de las operaciones de apoyo público temporal a la solvencia.

Las operaciones pueden tomar cualquier forma de instrumentos de capital y / o de instrumentos híbridos de capital y de manera complementaria, también puede materializarse el apoyo a través de otras facilidades crediticias.

La empresa beneficiaria vendrá obligada a publicar también en sus portales corporativos información sobre el uso dado a la ayuda recibida, en el plazo máximo de un año desde su concesión. Asimismo, la SEPI comunica al Ministerio de Hacienda con carácter mensual las operaciones realizadas a través del fondo, contenido que forma parte del informe anual que presenta al Consejo de Ministros para su comunicación posterior a la Comisión Europea.

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