Mapa del Coronavirus en México Cifras Estados Latinoamerica Numero Infectados Muertes CDMX casos confirmados López Obrador Ultimas Noticias hoy Viernes 3 de abril 2020 | TECNOTVHN

Mapa del Coronavirus México EN VIVO. El presidente López Obrador prepara nuevas medidas durante el estado de emergencia sanitaria del país para este viernes 3 de abril con el fin de disminuir la cifra de los casos de COVID-19 que, según el último informe de la Secretaría de Salud del CDMX ascienden a 1.510 contagiados, 50 fallecidos y 633 recuperados. Minuto a minuto con las últimas noticias a toda hora de las regiones y ciudades.

Últimas noticias de hoy coronavirus en México

Minuto a minuto.

Mapa de coronavirus en México en tiempo real

Todas las ciudades de México.

Noticias de México: viernes 3 de abril

Sigue todas las noticias con información actualizada

– 1:00 a. metro. Actualización. Informe de los casos de casos de coronavirus a carga de la Secretaría de Salud.

– Mapa interactivo.

Número de infectados por coronavirus en México

Casos de infectados: 1.510
Fallecidos: 50
Recuperados: 635

Casos de coronavirus en México: 1 de abril

Ciudad de México (CDMX): 327 (13 fallecidos)
Estado de México: 173 (1 fallecido)
Nuevo León: 123
Jalisco: 108 (4 fallecidos)
Puebla: 101 (1 fallecido)
Coahuila: 62 (2 fallecido)
Tabasco: 62 (3 fallecidos)
Quintana Roo: 56 (1 fallecido)
Guanajuato: 50
Aguascalientes: 47
Sinaloa: 43 ( 4 fallecidos)
Baja California: 43 (3 fallecidos)
Querétaro: 32 (1 fallecido)
San Luis de Potosí: 33 (2 fallecidos)
Michoacán: 26 (1 fallecido)
Oaxaca: 22 (1 fallecido)
Hidalgo: 26 (3 fallecidos)
Baja California Sur: 19 (2 fallecidos)
Sonora: 21
Guerrero: 22 (1 fallecido)
Chiapas: 15
Chihuahua: 11
Tamaulipas: 13
Zacatecas: 9 (1 fallecido)
Durango: 8 (1 fallecido)
Morelos: 9 (3 fallecido)
Nayarit: 8 (1 fallecido)
Campeche: 5
Tlaxcala: 5
Colima: 5

Muertes confirmadas por coronavirus en México por estado

Ciudad de México (CDMX): 13
Estado de México: 1
Jalisco: 4
Puebla: 1
Coahuila: 2
Tabasco: 3
Quintana Roo: 1
Sinaloa: 4
Baja California: 3
Querétaro: 1
San Luis de Potosí : 2
Michoacán: 1
Oaxaca: 1
Hidalgo: 3
Baja California Sur: 2
Guerrero: 1
Zacatecas: 1
Durango: 1
Morelos : 3
Nayarit: 1

¿Cuántos casos de coronavirus hay en CDMX? [19659003] – 327 infectados
– 13 decesos
– 757 casos sospechosos

¿Cuántos casos de coronavirus hay en Michoacán?

– 26 son los casos confirmados
– 32 los casos sospechosos
– 140 los casos que han dado negativo
– 1 deceso hasta el momento
– 2 personas recuperadas

Mapa del coronavirus en tiempo real hoy

Minuto al minuto de la expansión del coronavirus en el mundo [19659175]

Coronavirus Pandemic COVID 19 Live World Map Count

Mapa del coronovirus en tiempo real vía Google Maps

Mapa en tiempo real de casos de coronavirus por país

Coronavirus en España y el informe de infectados en el mundo

Reporte actualizado. Países con más casos de coronavirus en todo el mundo.

País Infectados Muertes Recuperados
1. Estados Unidos 245.373 8.095 10.403
2. Italia 115.242 13.915 18.278
3. España 112.065 10.348 26.743
4. Alemania 84.794 1.107 22.440
5. China 81.620 3.322 76.571
6. Francia 59.105 5.387 12.428
7. Irán 50.468 3.160 16.711
8. Inglaterra 33.718 2.921 135
9. Suiza 18.827 536 4.013
10. Turquía 18.135 356 415

Número de casos de coronavirus en Sudamérica

Reporte actualizado. Países con más casos de coronavirus en Sudamérica.

País Infectados Muertes Recuperados
1. Brasil 8.066 327 127
2. Chile 3,404 18 335
3. Ecuador 3.163 120 64
4. Perú 1.414 55 537
5. Argentina 1.266 37 256
6. Colombia 1.161 19 55
7. Uruguay 369 4 68
8. Venezuela 146 6 43
9. Bolivia 132 9 1
10. Paraguay 92 3 4

Coronavirus en Latinoamérica

Estados Unidos, México y otros países del Caribe.

País Infectados Muertes Recuperados [19659033] Estados Unidos 245.373 6.095 10.403
México 1.510 50 633
Panamá 1.475 37 9
República Dominicana 1.360 60 16
Costa Rica 396 2 6
Cuba 233 6 13
Honduras 222 16 3
Trinidad y Tobago 97 6 1
Jamaica 47 3 2
Guatemala 47 1 12
El Salvador 46 2 0
Haití 18 0 1

Noticas de México sobre coronavirus

El presidente de México, Andrés Manuel Ló pez Obrador, se reunió este jueves con un grupo de empresarios mexicanos quienes enfrentaron una serie de medidas para enfrentar la crisis económica que ha provocado la enfermedad COVID-19 en este país.

La reunión, de alrededor de cinco horas de duración, tuvo lugar en el Palacio Nacional de Ciudad de México .

Entre los asistentes representantes del Consejo Coordinador Empresarial (CCE), la Confederación de Cámaras Industriales, (Concamin), El Consejo Mexicano de Negocios (CMN) y la Asociación Mexicana de Bancos (AMB), quienes le ofrecieron al mandatario mantener los empleos en el plan de reactivación económica que el presidente presentará el domingo.

“Le presentamos una propuesta por meses” , informó el presidente del CCE, Carlos Salazar Lomelín, un medio tras la reunión y contó que un primer acuerdo fue el pago de los salarios a los trabajadores en abril.

El representante empresarial dijo que le ocurrió a López Obrador qué hizo “hacer en abril y qué puede pasar en mayo y junio”.

El acuerdo, según Salazar Lomelín, fue el mes de abril “creemos que lo podemos sobrepasar con las condiciones en las que está México “.

¿Cuántos días tiene una cuarentena?

40 días, por esta razón el nombre de cuarentena.

Tarjeta bienestar por cuarentena del coronavirus

El Gobierno de México ha desmentido la entrega de tarjetas por motivo de la cuarentena. El rumor comenzó en la red social de WhatsApp. Todo era falso.

Medidas confirmadas por México para la cuarentena

1) Adelanto en el pago de la pensión para los adultos mayores. Los pensionados recibirán 5 mil 240 pesos, cuando reciban, regularmente, de forma bimestral 2 mil 670 pesos.

2) Se adelantan cuatro meses de pago en los apoyos entregados a menores de edad con discapacidad. Este programa incluye a jóvenes de hasta 29 años y adultos mayores de más de 64 años que padezcan alguna discapacidad y vivan en zonas marginadas o de limitaciones.

3) Se notificó la entrega de un millón de créditos de hasta 25 mil pesos para La reactivación de la economía formal e informal del país. Estos créditos tienen un respaldo de la Nacional Financiera

Emergencia sanitaria por causa de fuerza mayor

Es una de las medidas que pueden tomar el gobierno de un país en una situación excepcional. Se dicta en caso de perturbación de la paz o del orden interno de un estado, ya sea una causa de desastres naturales o graves circunstancias políticas o civiles que afecten la vida de la Nación.

El Consejo de Salubridad General acordó declarar la emergencia sanitaria y decretó las siguientes medidas:

1. Suspensión inmediata, del 30 de marzo al 30 de abril de 2020, de actividades no esenciales en todos los sectores. Con el objetivo de disminuir la carga de enfermedad.

– Jesús Ramírez Cuevas (@JesusRCuevas) 31 de marzo de 2020

Medidas de la emergencia sanitaria

1) Se ordena la suspensión hasta el 30 de abril de actividades no esenciales en los sectores público, privado y social.

2) En los sectores específicos como esenciales no se requieren realizar reuniones de más de 50 personas y siempre se requieren las medidas básicas de higiene, prevención y sana distancia.

3) Se exhorta a toda la población residente en el territorio mexicano a cumplir el resguardo domiciliario correspondiente (limitación voluntaria de movilidad).

4) El resguardo domiciliario se aplica de manera estricta a toda persona mayor de 60 años, mujeres embarazadas o personas que padezcan enfermedades crónicas o autoinmunes.

5 ) Después del 30 de abril, las Secretarías de Salud, en coordinación con las Secretarías del Trabajo y Economía emitirán lineamientos para la reanudación escalonada de las actividades. [1 9659175] 6) Se postergan hasta nuevo aviso todos los censos y encuestas.

7) Todas las medidas afectadas con estricto apego y respeto a los derechos humanos.

Diferencia entre emergencia sanitaria y contingencia sanitaria

Una emergencia sanitaria de preocupación internacional, también conocida como emergencia sanitaria internacional (PHEIC por sus siglas en inglés) es una declaración formal de la Organización Mundial de la Salud (OMS) de «un evento extraordinario que se determina que constituye un riesgo para la salud pública de otros Estados a través de la propagación internacional de la enfermedad y que potencialmente requieren una respuesta internacional coordinada », formulada cuando surge una situación que es« grave, arrepentida, inusual o inesperada », que implica implicaciones para la salud pública más allá de la frontera nacional del Estado afectado “y” puede requerir una acción internacional inmediata “.

Una contigencia sa nitaria se refiere a aquella declaración de emergencia por parte de las autoridades, donde la ciudadanía está obligada a resguardar ante un peligro inminente en la sociedad.

Síntomas del coronavirus COVID-19

Fiebre
Cansancio
Tos seca
Congestión nasal
Rinorrea
Dolor de garganta
Diarrea

Acuerdo del consejo de salubridad general

El Consejo de Salubridad General, con fundamento en los contratos 4o., cuarto trimestre, 73 , fracción XVI, bases 1a a 4a de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 3, fracción XV, 4, fracción II, 17, fracción IX, 134, fracción II y XIV, 140, 181 y 184, de la Ley General de Salud, y 1, 9, fracción XVII, 11, fracción IX, del Reglamento Interior del Consejo de Salubridad General, y

CONSIDERANDO

Que el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que toda persona tiene derecho a la protección de la salud, por lo que las autoridades sanitarias y cualquier dependencia o entidad de la Administración Pública Federal, tanto centralizada como paraestatal, tienen la obligación de proteger y realizar todas las acciones necesarias, en el ámbito de su competencia, para contribuir a dicho mandato constitucional;

Que el 30 de enero de 2020, el Comité de Emergencias, convocado por el Director General de la Organización Mundial de la Salud, en virtud del Reglamento Sanitario Internacional, declaración de emergencia de salud pública de importancia internacional;

Que el Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, por Decreto del 27 de marzo de 2020, declaró las acciones extraordinarias en las regiones afectadas de todo el territorio nacional , en materia de salubridad general, para combatir la enfermedad grave de atención prioritaria generada por e l virus SARS-CoV2, COVID-19;

Que el Consejo de Salubridad General depende directamente del Presidente de la República, sin intervención de ninguna Secretaría de Estado y sus disposiciones generales son obligatorias en todo el país;

Que la Ley General de Salud establece en su artículo 4, división II, que el Consejo de Salubridad General es autoridad sanitaria;

Que el Consejo de Salubridad General, en sesión extraordinaria celebrada el 19 de marzo de 2020, acordó que se reconoce la epidemia de enfermedad por el virus SARS-CoV2, COVID-19, en México como una enfermedad grave de atención prioritaria;

Que dicho Consejo de Salubridad General está constituido en sesión permanente, hasta que se disponga lo contrario;

Que las acciones extraordinarias en materia de salubridad general serán ejercidas por la Secretaría de Salud, en los términos requeridos por el Presidente de los Estados Unidos Mexicanos;

Que las instituciones pri vadas de atención médica y servicios de salud, han expresado al Consejo de Salubridad General su colaboración para combatir la enfermedad grave de atención prioritaria generada por el virus SARS-CoV2, COVID-19, con sus profesionales de la salud y su infraestructura, y [19659175] Que el pleno del Consejo de Salubridad General, con el fin de atender la emergencia sanitaria, que se ha constituido en un problema de seguridad nacional, conforme a sus facultades acordó expedir el siguiente

ACUERDO

PRIMERO. El Secretario de Salud, como autoridad sanitaria ejecutiva, determinará las acciones que deba corresponsal a las demás autoridades de los tres órdenes de gobierno.

SEGUNDO. El Secretario de Salud, establecerá, resolverá en práctica, coordinará y evaluará, todas las acciones que resulten necesarias para prevenir, controlar y combatir la existencia y transmisión del virus SARS-CoV2, COVID-19, en todo el territorio nacional.

TERCERO. La Secretaría de Salud, combatir la epidemia y, para ello cuando lo considere derivado, establecerá, de manera inmediata, con la participación de cualquier autoridad de los tres órdenes de gobierno que se requiera, en las regiones afectadas de todo el territorio nacional, las acciones ejecutivas siguientes:

I. El aislamiento de personas que pueden padecer la enfermedad y de los portadores de gérmenes de la misma, por el tiempo que resultó estrictamente necesario, así como la limitación de sus actividades, cuando así se amerite por razones epidemiológicas;

II. La inspección de pasajeros que pueden ser portadores de gérmenes, así como de equipos, medios de transporte, mercancías y otros objetos que pueden ser fuentes o vehículos de agentes patógenos;

III. La utilización de todos los recursos humanos y materiales, para la prestación de la atención médica, y la asistencia social de los sectores públicos, social y privado;

IV. Ordenar las medidas atingentes a fin de evitar congregaciones de personas en cualquier lugar de reunión, incluida la clausura temporal de locales o centros de espectáculo;

V. La Secretaría de Salud, para la atención de las acciones extraordinarias en materia de salubridad general, podrá disponer de los medios del servicio público, de los diferentes modos de transporte concesionados por las autoridades correspondientes;

VI. La regulación del tránsito terrestre, marítimo y aéreo, así como disponer libremente de todos los medios de transporte de propiedad del Estado y de servicio público, cualquiera que sea el régimen legal a los sujetos últimos últimos;

VII. La utilización libre y prioritaria de los servicios telefónicos, telegráficos y de correos electrónicos, así como las transmisiones de radio y televisión, estableciendo las directrices informativas necesarias a fin de transmitir clara y oportunamente las medidas que se adoptan para afrontar la contingencia;

VIII . Los servicios públicos directos que se prestarán a la población que sean aquellos que representan una necesidad urgente y que no sean un riesgo para la salud;

IX. Los servicios al público relacionados con medicamentos, comestibles, suministro de hidrocarburos y cualquier otro resultado que sea necesario para la población, y que no pongan en riesgo las medidas sanitarias establecidas, para combatir la existencia y transmisión del virus SARS-CoV2, COVID-19, se prestarán habitualmente, salvo disposición expresa de las autoridades sanitarias sobre horarios y con la aplicación de medidas que eviten aglomeraciones.

X. Los servicios no esenciales de los sectores sociales y privados requieren las modalidades inmediatas de teletrabajo, trabajo a distancia o análogos, sin las actividades de sus trabajadores implicados en un acto presencial.

XI. La solicitud de ayuda o apoyo a instancias y organismos internacionales, con el propósito de colaborar con las autoridades mexicanas, y

XII. Las demás que determinan la propia Secretaría de Salud, en los términos de lo dispuesto por la fracción XVI del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de la Ley General de Salud.

CUARTO. – La Secretaría de Salud establecerá números telefónicos de urgencia para atender a la población, un efecto de orientación o para que informe casos de contagio, posible contagio, del virus SARS-CoV2, COVID-19.

QUINTO. – Se conmina a los particulares a brindar los apoyos y facilidades que establecen las disposiciones jurídicas en materia de salubridad general.

TRANSITORIO

PRIMERO. El presente Acuerdo entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

SEGUNDO. Se ratifican las medidas establecidas por cualquiera de los vocales titulares del Consejo de Salubridad General relacionadas con la prevención del contagio, del virus SARS-CoV2, COVID-19.

TERCERO. Levántese el acta correspondiente con la suscripción de todos y cada uno de los señores vocales titulares del Consejo de Salubridad General.

Ciudad de México, a los treinta días del mes de marzo de dos mil veinte. – El Secretario de Salud y Presidente del Consejo de Salubridad General, Jorge Carlos Alcocer Varela. – Rúbric

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