
Las organizaciones Acción Ciudadana, el Centro de Estudios Jurídicos, el Instituto Iberoamericano de Derecho Constitucional Sección El Salvador, el Movimiento Libertad la Fundación Salvadoreña para el Desarrollo Económico y Social la Fundación Democracia Transparencia y Justicia y la Fundación Nacional para el Desarrollo, aseguraron ayer, a través de un comunicado, que el Ejecutivo incumplió la sentencia de inconstitucionalidad 21 2020 de la Sala de lo Constitucional.
En dicha sentencia, la Sala declarada inconstitucionales, entre otros, varios decretos ejecutivos emitidos por el Ministro de Salud en el marco de la epidemia, pues la limitación, suspensión o pérdida de derechos fundamentales o de los servicios públicos son materia reservada al Legislativo o al constituyente, según el caso.
“La Sala de lo Constitucional, consciente de que era necesaria una norma que regula las medidas para adoptar ante esta epidemia, ordenó a la Asamblea Legislativa y al Órgano Ejecutivo que en un plazo de 4 días la emisión, siempre que sea de conformidad con la Constitución y la jurisprudencia constitucional “, recordaron las organizaciones.
Además, la Sala advirtió que las autoridades no tienen réplica en nuevos instrumentos los aspectos señalados como inconstitucionales en esa sentencia; y, en caso de que eso ocurriera, dijo que esos instrumentos no producirán efecto jurídico constitucional alguno.
“El presidente de la República ha expresado categóricamente que no mantendrá ningún diálogo con el Órgano Legislativo para ese propósito y, en su lugar, mediante el Ministro de Salud, suplirá la obligación de crear una norma ante esta epidemia emitiendo el Decreto Ejecutivo No. 31 Este decreto prohíbe realizar ciertas actividades económicas en determinadas condiciones, y ordenar que permanezca en su lugar de residencia las personas que no ejerzan las actividades que expresamente se autorizan ahí “, agrega el comunicado.
Explicaron que esas medidas, aunque son necesarias para la salud, según lo ordenado por la Sala deben ser decretadas por la Asamblea Legislativa, porque se traducen en una restricción a los derechos constitucionales a la libre circulación y a la libertad económica.
“El Órgano Ejecutivo ha incumplido con lo ordenado por la Sala de lo Constitucional en la sentencia 21 2020 al emitir el Decreto Ejecutivo No. 31, en el cual se replican los vicios de inconstitucionalidad señalados en dicha sentencia”, dijeron.
El comunicado apunta a la Sala de lo Constitucional cumplió con su función de defensor el orden constitucional al emitir la sentencia 21 2020, y ahora, de igual manera, debe hacer lo propio para hacer ejecutar lo juzgado.
“Las demás instituciones del Estado deben ponerse a disposición de la Sala de lo Constitucional para ejecutar las medidas que esta adopte con el propósito de cumplir sus sentencias. La población, las instituciones y las empresas deben actuar con prudencia y responsabilidad, y adoptar medidas de autoregulación para defender la salud pública y la vida “, concluyeron.

Deja un comentario