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El 5 de abril, los congresistas Mirtha Vásquez y Luis Roel, respectivamente presidente y vicepresidente segundo de la Asamblea Legislativa, presentaron a la oficina presidencial los proyectos de ley que aprueban la retirada de hasta 4 UIT de las AFP y 100% de CTS, que fueron aprobados a finales de marzo por el Parlamento. Desde entonces, se espera una declaración del ejecutivo.
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Dada la fecha de recepción de los documentos, el gobierno tiene 15 días para evaluarlos; es decir, hasta el 26 de abril, deben ser adoptados u observados. Si bien el ministro de Economía y Finanzas, Waldo Mendoza, recomendó observarlos por indicios de inconstitucionalidad, lo cierto es que la última palabra es para el jefe de Estado, Francisco Sagasti.
“La opinión del Ministerio de Economía y Finanzas es una opinión muy respetada y muy válida, pero será examinada por el Consejo de Ministros bajo la presidencia de Violeta bermúdez y, en última instancia, la decisión es colectiva. No solo colectivo, la última instancia de esta decisión es el Presidente de la República ”, dijo el presidente.
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Debido a la expectativa de los ciudadanos que generó el posible retiro de hasta S / 17,600 (4 UIT) de las administradoras de fondos de pensiones (AFP) y el 100% de la compensación por tiempo de servicio (CTS) hasta diciembre de 2021, muchos se preguntan qué sucederá a continuación. A continuación, te presentamos los tres escenarios que podrían surgir para acceder a estos fondos.
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¿QUÉ ESCENARIOS SE PRESENTARÁN?
1. El presidente promulga las leyes
El primer escenario que se presenta ocurre cuando el presidente de la República, Francisco Sagasti, decide promulgar las leyes. De ser así, entrarán en vigencia al día siguiente de su publicación en El Peruano, o dentro del plazo que establezca la propia ley.
2. El presidente no habla
Si dentro del plazo fijo de 15 días que vence el 26 de abril, el presidente no habla, el presidente del Congreso o el presidente de la Comisión Permanente pueden promulgarlos a su insistencia.
3. El presidente observa los proyectos
El último escenario ocurre cuando el jefe de Estado observa los proyectos de ley. Sus observaciones pueden darse en su totalidad o en parte; después de eso, regresan al Congreso.
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SI SE ACEPTA, ¿CÓMO PUEDO OBTENER MIS FONDOS?
En el caso de AFP
- De ser promulgado, la Superintendencia de Bancos, Seguros y AFP (SBS) tendrá 15 días adicionales para determinar el proceso operativo a seguir por las administradoras de fondos de pensiones (AFP) para pagar lo que indica la ley.
En el caso de CTS
- El ejecutivo debe dictar, en un plazo de 10 días, el reglamento para que se cumpla el estándar y los trabajadores tengan el 100% de su STC.
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