Retirada de AFP y CTS: cuáles son los tres escenarios que podrían surgir en los próximos días

El MEF recomendó que se respeten los borradores por presentar indicios de inconstitucionalidad;  El presidente Francisco Sagasti tiene la última palabra (Foto: Lino Chipana / GEC)
El MEF recomendó que se respeten los borradores por presentar indicios de inconstitucionalidad; El presidente Francisco Sagasti tiene la última palabra (Foto: Lino Chipana / GEC)

El 5 de abril, los congresistas Mirtha Vásquez y Luis Roel, respectivamente presidente y vicepresidente segundo de la Asamblea Legislativa, presentaron a la oficina presidencial los proyectos de ley que aprueban la retirada de hasta 4 UIT de las AFP y 100% de CTS, que fueron aprobados a finales de marzo por el Parlamento. Desde entonces, se espera una declaración del ejecutivo.

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Dada la fecha de recepción de los documentos, el gobierno tiene 15 días para evaluarlos; es decir, hasta el 26 de abril, deben ser adoptados u observados. Si bien el ministro de Economía y Finanzas, Waldo Mendoza, recomendó observarlos por indicios de inconstitucionalidad, lo cierto es que la última palabra es para el jefe de Estado, Francisco Sagasti.

“La opinión del Ministerio de Economía y Finanzas es una opinión muy respetada y muy válida, pero será examinada por el Consejo de Ministros bajo la presidencia de Violeta bermúdez y, en última instancia, la decisión es colectiva. No solo colectivo, la última instancia de esta decisión es el Presidente de la República ”, dijo el presidente.

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Debido a la expectativa de los ciudadanos que generó el posible retiro de hasta S / 17,600 (4 UIT) de las administradoras de fondos de pensiones (AFP) y el 100% de la compensación por tiempo de servicio (CTS) hasta diciembre de 2021, muchos se preguntan qué sucederá a continuación. A continuación, te presentamos los tres escenarios que podrían surgir para acceder a estos fondos.

El Congreso aprobó los dos proyectos el 30 de marzo para mitigar los efectos económicos provocados por la pandemia COVID-19.  (Foto: GEC)
El Congreso aprobó los dos proyectos el 30 de marzo para mitigar los efectos económicos provocados por la pandemia COVID-19. (Foto: GEC)

¿QUÉ ESCENARIOS SE PRESENTARÁN?

1. El presidente promulga las leyes

El primer escenario que se presenta ocurre cuando el presidente de la República, Francisco Sagasti, decide promulgar las leyes. De ser así, entrarán en vigencia al día siguiente de su publicación en El Peruano, o dentro del plazo que establezca la propia ley.

2. El presidente no habla

Si dentro del plazo fijo de 15 días que vence el 26 de abril, el presidente no habla, el presidente del Congreso o el presidente de la Comisión Permanente pueden promulgarlos a su insistencia.

3. El presidente observa los proyectos

El último escenario ocurre cuando el jefe de Estado observa los proyectos de ley. Sus observaciones pueden darse en su totalidad o en parte; después de eso, regresan al Congreso.

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El gobierno aún debe decidir si cumplirá con las leyes aprobadas por el Congreso sobre retiro de fondos de AFP y CTS.  (Foto: Presidencia Peruana / Twitter)
El gobierno aún debe decidir si acatará las leyes aprobadas por el Congreso sobre retiro de fondos de AFP y CTS. (Foto: Presidencia Peruana / Twitter)

SI SE ACEPTA, ¿CÓMO PUEDO OBTENER MIS FONDOS?

En el caso de AFP

  • De ser promulgado, la Superintendencia de Bancos, Seguros y AFP (SBS) tendrá 15 días adicionales para determinar el proceso operativo a seguir por las administradoras de fondos de pensiones (AFP) para pagar lo que indica la ley.

En el caso de CTS

  • El ejecutivo debe dictar, en un plazo de 10 días, el reglamento para que se cumpla el estándar y los trabajadores tengan el 100% de su STC.
Actualmente, los dos proyectos están siendo analizados por el ejecutivo.  (Foto: Andina)
Actualmente, los dos proyectos están siendo analizados por el ejecutivo. (Foto: Andina)

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