Retiro de AFP: ¿Qué cambios ha hecho la Comisión Económica del Congreso a la ley para respaldarla urgentemente?

La presidenta del Congreso, Mirtha Vásquez, dijo que las iniciativas que prevén el retiro de fondos de las AFP surgieron en la Asamblea Legislativa porque no existen opciones adicionales que ayuden a la población a enfrentar la crisis desencadenada por la pandemia de COVID.  -19.  (Foto: Andina)
La presidenta del Congreso, Mirtha Vásquez, dijo que las iniciativas que prevén el retiro de fondos de las AFP surgieron en la Asamblea Legislativa porque no existen opciones adicionales que ayuden a la población a enfrentar la crisis desencadenada por la pandemia de COVID. -19. (Foto: Andina)

En la noche del 29 de abril, la Comisión Económica del Congreso por insistencia aprobó la firma de la ley que permite a los miembros de la Administradoras de fondos de pensiones (AFP) retira hasta S / 17,600 (4 UIT) de sus aportes para brindar apoyo económico a este sector de la población frente a la crisis provocada por la pandemia COVID-19.

MÁS INFORMACIÓN: Lo que falta para acceder al retiro de AFP

Estar aprobado obtuvo el voto unánime de los 14 miembros de este grupo de trabajo, quienes participaron en una sesión extraordinaria durante la semana de representación. De esta manera, los parlamentarios revisaron y analizaron las observaciones realizadas por el ejecutivo.

Si bien el aviso de insistencia se aprobó teniendo en cuenta las recomendaciones del gobierno, no se tomaron en cuenta todos los puntos. A continuación, le informamos de las modificaciones realizadas por los legisladores de dicha comisión.

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El valor de los fondos de pensiones de las AFP alcanzó los 160.312 millones de dólares a fines de marzo de 2021 (Foto: GEC).
El valor de los fondos de pensiones de las AFP alcanzó los 160.312 millones de dólares a fines de marzo de 2021 (Foto: GEC).

¿QUÉ CAMBIOS HIZO LA COMISIÓN ECONÓMICA?

Sobre la retirada de AFP en personas mayores de 40 años

Lo que propuso el ejecutivo

El ejecutivo sugirió eliminar la disposición que permitiría a los mayores de 40 años que no han cotizado durante 5 años consecutivos acceder al 100% de los fondos, porque de aprobarse los dejaría sin una futura pensión.

¿Qué hizo la Comisión Económica?

Siguiendo la recomendación, la Comisión Económica decidió excluir la primera disposición adicional que autorizaba el retiro excepcional del 100% de sus fondos para los mayores de 40 años que no hubieran registrado cotizaciones durante los últimos cinco años.

Sobre detenciones judiciales

Lo que propuso el ejecutivo

Que las deducciones legales aplicables hasta el 30% por la solicitud de manutención no pueden ser retiradas por los beneficiarios. “Permitir que terceros realicen retiros no autorizados por parte del titular de las cuentas de capitalización individual de los fondos de pensiones es una afrenta regulada en el artículo 12 de la Constitución Política del Perú”, señalaron.

¿Qué hizo la Comisión Económica?

El grupo de trabajo eliminó el tercer párrafo del artículo 3 del autógrafo que permitía a terceros realizar retiros no autorizados por el titular de la cuenta AFP, aceptando así la observación del Poder Ejecutivo.

MÁS INFORMACIÓN: ¿Cuándo puedo presentar mi solicitud para retirar hasta 17,600 soles de mi fondo?

Según el Congreso, el retiro de hasta 4 UIT de los fondos de las AFP es una medida excepcional que tiene como objetivo brindar apoyo financiero a los afiliados al sistema privado de pensiones.  (Foto: Andina)
Según el Congreso, el retiro de hasta 4 UIT de los fondos de las AFP es una medida excepcional que tiene como objetivo brindar apoyo financiero a los afiliados al sistema privado de pensiones. (Foto: Andina)

¿QUÉ MÁS HA AUTORIZADO LA COMISIÓN ECONÓMICA?

El autógrafo de la ley continúa con su redacción anterior, respetando los tres primeros artículos, con excepción de la supresión de un párrafo en el artículo tercero, así como el hecho de que en adelante contendrá una sola disposición adicional.

En este sentido, el artículo 1 autoriza excepcionalmente a todas las AFP afiliadas a retirar eventualmente hasta 4 UIT (17,600 soles) de sus fondos acumulados, dado que este beneficio “no es aplicable a quienes tienen derecho al plan de pensiones. Desempleo anticipado ”.

TRATAR

El artículo 2 establece el procedimiento de desistimiento, que puede realizarse a través de solicitud remota, presencial o online y solo una vez dentro de los 90 días naturales posteriores a la publicación del reglamento.

Además, se pagará hasta una UIT cada 30 días calendario, realizándose el primer desembolso 30 días después de la presentación de la solicitud a la AFP del Afiliado, esto es aplicable hasta el segundo desembolso.

Si el afiliado desea dejar de retirar el fondo de su cuenta individual, solo podrá solicitarlo una vez a la AFP diez días antes del desembolso.

Mucha gente quiere saber a partir de cuándo podrán obtener hasta 4 UIT de sus AFP.  (Foto: Andina)
Mucha gente quiere saber a partir de cuándo podrán obtener hasta 4 UIT de sus AFP. (Foto: Andina)

INTANGIBLE

El artículo 3 establece que el retiro de fondos de las AFP “mantiene la condición intangible”, y no puede ser objeto de remisión, compensación legal o contractual, embargo, retención o cualquier forma de cesión, ya sea judicial o administrativa. orden, sin distinción de la cuenta en la que fueron depositados.

La única disposición adicional establece que la Superintendencia de Bancos, Seguros y AFP determinará las modalidades de operación para el cumplimiento de este reglamento, en un plazo no mayor a 15 días naturales contados a partir de la publicación de la ley, bajo la responsabilidad de su titular.

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